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Inmigración: ¿Qué hacer si ICE llega a mi casa?

¿Pueden agentes de inmigración entrar en mi casa?

Los oficiales de inmigración no pueden entrar a tu hogar a menos que cuenten con una “orden judicial”, es decir, un documento emitido por un tribunal o una agencia del gobierno. Existen dos tipos de órdenes: una para arrestar a una persona y otra para tener permiso de revisar su hogar. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de US puede emitir órdenes de arresto, pero solo una corte puede emitir una orden de registro.

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Si un oficial de ICE toca a tu puerta:

  • NO ABRAS LA PUERTA, pídele que se identifique. Puedes decirle “¿con quién estás?” o “¿con qué agencia trabajas?”.
  • El oficial podrá responder que con el Departamento de Seguridad Nacional o el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos, no importa lo que diga, MANTÉN LA PUERTA CERRADA y pregúntale si trae una orden judicial.
  • Si dice que sí, pídele la pase por debajo de la puerta, NO ABRAS LA PUERTA.
  • Al leer la orden, busca tu nombre completo, dirección y una firma. Esto te permitirá saber si es verdadera. El documento tiene que estar escrito en inglés, si no hablas el idioma y no entiendes, de ser posible, pide a alguien en tu casa lo traduzca.
  • Si la orden parece no ser cierta, devuélvela y diles a los agentes que no está correcta.
  • Si la orden parece válida, revisa si fue emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés).
  • Si la orden judicial válida fue emitida por un tribunal y autoriza un registro de tu casa, debe dejar pasar al oficial para que la revise.
  • Si la orden válida fue emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), pero no por una corte, TIENES EL DERECHO A NO DEJAR PASAR al agente a tu casa.
  • Si la orden autoriza tu arresto pero no el registro de tu casa, es posible que prefieras salir y no dejarlos entrar a la casa. Esto es importante que lo sepas, porque si los dejas entrar, los agentes tienen el derecho de hacer preguntas a todas las personas que se encuentren en su interior.
  • Si hablas con el oficial fuera de tu casa, NO LO DEJES ENTRAR, NO RESPONDAS SUS PREGUNTAS y NO FIRMES NINGÚN PAPEL.
  • Dile al oficial que quieres HABLAR CON UN ABOGADO. No les des ningún tipo de documentos de identificación que muestre de qué país eres. Asegúrate de no portar documentos falsos contigo durante el arresto.
  • La otra forma de que un oficial migratorio pueda entrar a tu casa, además de con la orden judicial, es solo si tú le das consentimiento de hacerlo. NUNCA ABRAS LA PUERTA si no te muestran una orden judicial.

Es importante que sepas que por ningún motivo el oficial te puede obligar a que lo dejes pasar a tu casa, si este no cuenta con la orden judicial que lo autoriza.

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